• Ley de Acceso a la Información Pública

Estimados usuarios:

Bienvenidos a nuestro portal de información pública.

 

La Superintendencia de Bancos, en cumplimiento con lo establecido en el Decreto número 57-2008 del Congreso de la República, Ley de Acceso a la Información Pública, ha implementado el contenido de este portal que refleja el compromiso de la Institución con la publicidad, la transparencia y la rendición de cuentas.

 

Esperamos que el contenido que se presenta contribuya a la construcción de una sociedad mejor informada.

 

Las solicitudes relacionadas con la Ley de Acceso a la Información Pública, pueden presentarse por escrito en las oficinas centrales de la Superintendencia de Bancos, ubicadas en la 9a. Avenida 22-00 Zona 1, o por medio del correo electrónico [email protected] .

 

“ARTICULO 41. Solicitud de información.

Todo acceso a la información pública se realizará a petición del interesado, en la que se consignarán los siguientes datos:

  1. Identificación del sujeto obligado a quien se dirija;
  2. Identificación del solicitante; y,
  3. Identificación clara y precisa de la información que se solicita.

La solicitud de información no estará sujeta a ninguna otra formalidad, ni podrá exigirse la manifestación de una razón o interés específico como requisito de la misma.”

 

En las solicitudes de información pública que contengan Habeas Data, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley de Acceso a la Información Pública, el cual regula que sólo los titulares de la información o sus representantes legales podrán solicitarla, previa acreditación, deberá remitir copia del documento de identificación que acredite la calidad con que actúa. 

Superintendencia de Bancos de Guatemala
Trabajamos para Promover La Estabilidad Y Confianza En El Sistema Financiero Supervisado