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De conformidad con el artículo 33 de la Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y 20 de la Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo son funciones de la IVE, las siguientes:

1

Requerir y/o recibir de las personas obligadas toda la información...

2

Analizar la información obtenida a fin de confirmar la existencia...

3

Elaborar y mantener los registros y estadísticas...

4

Intercambiar con entidades homólogas de otros países información...

5

En caso de indicio de la comisión de un delito presentar...

6

Proveer al Ministerio Público cualquier asistencia...

7

Imponer a las personas obligadas las multas...

8

Otras que se deriven de la presente ley o de otras disposiciones...

Superintendencia de Bancos de Guatemala
Trabajamos para Promover La Estabilidad Y Confianza En El Sistema Financiero Supervisado