Penas aplicables al Delito de Lavado de Dinero:
Persona Individual:
- Prisión inconmutable de 6 a 20 años;
- Multa igual al valor del dinero o bienes objeto del delito;
- Comiso o destrucción de los bienes o dinero objeto del delito o de los instrumentos utilizados para su comisión;
- Pago de costas y gastos judiciales;
- Publicación de la sentencia; y,
- Expulsión del territorio nacional, una vez cumplidas las penas impuestas, en el caso de personas extranjeras.
Persona Jurídica:
Además de la responsabilidad penal de sus propietarios, directores, gerentes, administradores, funcionarios, empleados o representantes legales:
- Multa de US$10,000.00 a US$625,000.00 dólares de los EEUU;
- En caso de reincidencia se ordenará la cancelación de su personalidad jurídica en forma definitiva;
- Comiso o destrucción de los bienes o dinero objeto del delito o de los instrumentos utilizados para su comisión;
- Pago de costas y gastos judiciales; y,
- Publicación de la sentencia.
Penas aplicables al Delito de Financiamiento del terrorismo:
Persona Individual:
- Prisión inconmutable de 6 a 25 años;
- Multa de US$10,000.00 a US$625,000.00 dólares de los EEUU.
Persona Jurídica:
Además de la responsabilidad penal de sus propietarios, directores, gerentes, administradores, funcionarios, empleados o representantes legales;
- Multa equivalente al monto de los bienes o dinero objeto del delito;
- Comiso, pérdida o destrucción de los objetos provenientes de la comisión del delito o de los instrumentos utilizados para su comisión;
- Pago de costas y gastos judiciales;
- Publicación de la sentencia; y
- En caso de reincidencia se ordenará la cancelación de su personalidad jurídica en forma definitiva.