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Seguridad informática

Es el conjunto de mecanismos, normas, procedimientos y controles adoptados para salvaguardar los sistemas informáticos y los datos que contienen.

 

Seguro

El seguro es una operación por medio de la cual una persona (asegurado) contrata con una compañía (aseguradora) una prestación o servicio para cubrir un riesgo (suceso o evento asegurado), a cambio de un pago o retribución (prima).

 

Seguro agrícola y ganadero

Es aquel que tiene por objeto la cobertura de los riesgos que puedan afectar a las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.

 

Seguro de automóvil

Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar los daños ocasionados al vehículo o la pérdida de éste, los daños y perjuicios causados a la propiedad ajena y a terceras personas, con motivo del uso de aquél, o cualquier otro riesgo cubierto por la póliza. Salvo pacto en contrario, comprende, entre otros, los daños ocasionados por vuelcos accidentales, colisiones, incendio, autoignición, rayo, hurto y robo total del propio vehículo asegurado.

 

Seguro de daños

Es aquel que obliga a la aseguradora al pago de una indemnización por eventos inciertos que causen daños o pérdidas y el que tiene por objeto proporcionar cobertura al asegurado contra los daños o perjuicios que pudiera causar a un tercero. Se incluyen en este ramo los seguros de accidentes personales, de salud y hospitalización y caución.

 

Seguro de gastos médicos

Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar, total o parcialmente según la modalidad contratada, en caso de enfermedad o maternidad, el servicio profesional de la medicina ambulatoria, hospitalaria, así como los exámenes médicos necesarios para el asegurado.

 

Seguro de incendio

Es aquel que garantiza al asegurado la entrega de una indemnización en caso de incendio de los bienes determinados en el contrato de seguro o la reparación o reposición de las piezas averiadas. En general, la finalidad de este seguro es el resarcimiento de los daños sufridos en los objetos asegurados a causa de un incendio, incluyendo asimismo los gastos que ocasione el salvamento de esos bienes o los daños que se produzcan en los mismos al intentar salvarlos.

 

Seguro de responsabilidad civil

Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado el daño que pueda experimentar el patrimonio de éste, a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas de quienes él deba responder civilmente.

 

Seguro de terremoto

Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar los daños o pérdidas a la propiedad debido a un movimiento telúrico. 

 

Seguro de transporte

Es aquel en el que el asegurador se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercancías. Estos daños pueden afectar al objeto transportador (seguro de casco) o a las propias mercancías transportadas (seguro de mercancías).

 

Seguro de vida

Es aquel que obliga a la aseguradora al pago de una suma de dinero, en caso de muerte o de supervivencia del asegurado, cualquiera que sea la modalidad del seguro, incluyendo las rentas vitalicias.

 

Sistema de Información de Riesgos Crediticios

Es un sistema implementado por la Superintendencia de Bancos, el cual almacena y proporciona los datos de activos crediticios recibidos de los entes obligados, al que tienen acceso para fines de análisis de crédito, los bancos y grupos financieros y otras entidades de intermediación financiera que a solicitud de la Superintendencia de Bancos apruebe la Junta Monetaria.

 

Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real -LBTR-

Es el sistema administrado por el Banco de Guatemala que brinda los mecanismos automatizados, mediante procesos transparentes, eficientes y seguros, que permite a los participantes en dicho sistema liquidar en forma electrónica, mediante liquidación bruta y en tiempo real, sus operaciones en moneda nacional y en moneda extranjera.

 

Sistemas de compensación y negociación

Son los sistemas que para su incorporación al Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real, requieren de la autorización del Banco de Guatemala y que son utilizados para facilitar la liquidación de transferencias de fondos o de instrumentos financieros y que proveen información para compensar y/o realizar transacciones.

 

Sobregiro bancario

Es la situación que ocurre cuando el banco paga un cheque por un monto superior al saldo de la cuenta de depósitos que corresponda o le efectúa un cargo por un monto superior al saldo de la cuenta. Este sobregiro es de carácter excepcional, meramente transitorio y debidamente autorizado por el banco.

 

Sociedad anónima

Es la entidad mercantil cuyo capital está dividido y representado por acciones. La responsabilidad de cada accionista está limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito. La sociedad anónima se identifica con una denominación, la que podrá formarse libremente con el agregado obligatorio de la leyenda: Sociedad Anónima, que podrá abreviarse S. A.

 

Sociedad colectiva

Es la entidad mercantil que existe bajo una razón social en la cual todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. La razón social se forma con el nombre y apellido de uno de los socios, o con los apellidos de dos o más de ellos, con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía Sociedad Colectiva, que podrá abreviarse: y Cía. S. C. 

 

Sociedad de responsabilidad limitada

Es la entidad mercantil compuesta por varios socios que sólo están obligados al pago de sus aportaciones. Por las obligaciones sociales responde únicamente el patrimonio de la sociedad y, en su caso, la suma que a más de las aportaciones convenga la escritura social. El capital está dividido en aportaciones que no podrán incorporarse a títulos de ninguna naturaleza ni denominarse acciones. La sociedad girará bajo una denominación o bajo una razón social. La denominación se formará libremente, pero siempre hará referencia a la actividad social principal. La razón social se formará con el nombre completo de uno de los socios o con el apellido de dos o más de ellos. En ambos casos es obligatorio agregar la palabra Limitada o la leyenda: y Compañía Limitada, las que podrán abreviarse: Ltda. o Cía. Ltda., respectivamente. Si se omiten esas palabras o leyendas, los socios responderán de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.  El número de socios no podrá exceder de veinte.

 

 

Sociedad en comandita por acciones

Es la entidad mercantil en la cual uno o varios socios comanditados responden en forma subsidiara, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales y uno o varios socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada al monto de las acciones que han suscrito, en la misma forma que los accionistas de una sociedad anónima. Las aportaciones deben estar representadas por acciones. La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos, si fueren varios, y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, la cual podrá abreviarse: y Cía., S. C. A.

 

Sociedad en comandita simple

Es la entidad mercantil compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios comanditarios que tienen responsabilidad limitada al monto de su aportación. Las aportaciones no pueden ser representadas por títulos o acciones. La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos, si fueren varios, y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, Sociedad en Comandita, la que podrá abreviarse: y Cía., S. en C.

 

Sociedades financieras privadas

Son instituciones bancarias que actúan como intermediarios financieros especializados en operaciones de banco de inversión, promueven la creación de empresas productivas mediante la captación y canalización de recursos internos y externos de mediano y largo plazos; los invierten en estas empresas, ya sea en forma directa adquiriendo acciones o participaciones; en forma indirecta, otorgándoles créditos para su organización, ampliación y desarrollo, modificación, transformación o fusión siempre que promuevan el desarrollo y diversificación de la producción.

 

Software

Es el conjunto de programas, instrucciones y reglas informáticas para ejecutar ciertas tareas en una computadora.

 

Sucursal de banco nacional en el extranjero

Es el establecimiento bancario autorizado en un país anfitrión, con capital asignado por la matriz, cuyo nombre reproduce y con quien consolida sus operaciones.

 

Superintendencia de Bancos

Es un órgano de banca central, eminentemente técnico, que actúa bajo la dirección general de la Junta Monetaria, cuya misión es promover la estabilidad y confianza en el sistema financiero supervisado. Ejerce la vigilancia e inspección de las entidades siguientes: Banco de Guatemala, bancos, sociedades financieras, instituciones de crédito, afianzadoras, aseguradoras, almacenadoras, casas de cambio, Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas –FHA-, grupos financieros y empresas controladoras de grupos financieros y las demás entidades que otras leyes dispongan.  Tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y goza de la independencia funcional necesaria para el cumplimiento de sus fines.

 

Supervisión

Es la vigilancia e inspección que ejerce la Superintendencia de Bancos de las entidades que las leyes disponen. Se realiza con el objeto de que las entidades adecuen sus actividades y funcionamiento a las normas legales, reglamentarias y a otras disposiciones que les sean aplicables, así como la evaluación del riesgo que asuman las entidades supervisadas.

 

La función de supervisión que ejerce la Superintendencia de Bancos no implica, en ningún caso, la asunción de responsabilidades por ésta o por sus autoridades, funcionarios o personal, por la gestión que realicen las entidades sometidas a su supervisión, ni garantiza el buen fin de dicha gestión, la que será siempre por cuenta y riesgo de la propia entidad, de sus administradores y de sus accionistas.

 

 Supervisión Basada en Riesgos

Es aquella en la cual el supervisor evalúa las distintas áreas de negocios del banco y la calidad de los sistemas de administración y controles internos, para identificar las áreas de mayor riesgo y preocupación. 

 

Supervisión consolidada

Es la vigilancia e inspección que realiza la Superintendencia de Bancos sobre un grupo financiero, con el objeto de que las entidades que conformen el mismo, adecuen sus actividades y funcionamiento a las normas legales, reglamentarias y otras disposiciones que le sean aplicables, y los riesgos que asumen las empresas de dicho grupo, que puedan afectar al banco, sean evaluados y controlados sobre una base por empresa y global.

 

Seguro colectivo

Es un tipo de seguro que se caracteriza por cubrir mediante un solo contrato a varios asegurados que integran una colectividad.

 

Seguro prorrogado

Es el seguro de vida, que con el importe de la reserva matemática que le corresponde al asegurado a la fecha de la conversión, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, cubre el valor de la prima única para convertir este seguro en otro en el que se reduce el período de cobertura de la póliza sin variar la suma asegurada.

 

Seguro saldado

Es el seguro de vida, que con el importe de la reserva matemática que le corresponde al asegurado a la fecha de la conversión, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, cubre el valor de la prima única para convertir este seguro en otro que mantiene la vigencia del seguro pero por una suma asegurada reducida.

 

 

Sucursal de aseguradora o de reaseguradora nacional en el extranjero

Es el establecimiento asegurador o reasegurador autorizado en el país anfitrión, con capitalasignado por la matriz, cuyo nombre reproduce y con quien consolida sus operaciones.