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Condiciones Previas para una Supervisión Bancaria Efectiva Conforme a los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Efectiva, emitidos por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, en septiembre de 1997, un sistema de supervisión bancaria efectivo debe basarse en una serie de elementos externos o condiciones previas. Aunque en la mayoría de los casos se encuentran fuera de la jurisdicción de los supervisores, en la práctica estas condiciones, repercuten directamente en la efectividad de la supervisión. Si hay inconvenientes, los supervisores deben lograr que el gobierno los reconozca y tome conciencia de las consecuencias negativas, reales o potenciales, que pueden ocasionar para los objetivos de supervisión. Los supervisores también deben reaccionar, como parte de su proceder habitual, con el objetivo de mitigar los efectos de esos inconvenientes sobre la eficiencia de la regulación y supervisión bancaria. Algunos de los elementos externos son:
La interrelación entre las precondiciones para una supervisión bancaria efectiva, los principios de regulación y los principios de supervisión, para llegar a una Supervisión Basada en Riesgos se visualiza en la gráfica siguiente: |
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