Rendición de Cuentas
En este apartado encontrará los numerales que corresponden al Articulo 10 de la ley de Acceso a la Información Pública, que se relacionan con la rendición de cuentas de la Superintendencia de Bancos.
De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Supervisión Financiera, el presupuesto de egresos de la Superintendencia de Bancos se cubre mediante cuotas anuales que son aprobadas por la Junta Monetaria, las cuales deben ser aportadas por las entidades sujetas a su vigilancia e inspección, conforme lo dispuesto en sus leyes específicas o, en su defecto, conforme lo determine la Junta Monetaria. En tal sentido, el presupuesto de la Superintendencia de Bancos no proviene de fondos públicos del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado, sino de las cuotas aportadas por las entidades que vigila y supervisa.
Numeral 9. La información detallada sobre los depósitos constituidos con fondos públicos provenientes de ingresos ordinarios, extraordinarios, impuestos, fondos privativos, empréstitos y donaciones
Numeral 12. Listado de viajes nacionales e internacionales autorizados por los sujetos obligados y que son financiados con fondos públicos, ya sea para funcionarios públicos o para cualquier otra persona, incluyendo objetivos de los viajes, personal autorizado a viajar, destino y costos, tanto de boletos aéreos como de viáticos
Numeral 15. Los montos asignados, los criterios de acceso y los padrones de beneficiarios de los programas de subsidios, becas o transferencias otorgados con fondos públicos
Numeral 21. Destino total del ejercicio de los recursos de los fideicomisos constituidos con fondos públicos, incluyendo la información relacionada a las cotizaciones o licitaciones realizadas para la ejecución de dichos recursos y gastos administrativos y operativos del fideicomiso